La idea de ilegalizar a Batusuna puede ser polémica, pero no original. Tanto la UCD como el PSOE lo intentaron, sin éxito. El 23 de marzo de 1980, un año después de haberse presentado a las elecciones generales como coalición electoral, los representantes de HB pidieron su inscripción en el registro del Ministerio del Interior, que entonces dirigía el general Antonio Ibáñez Freire. La reacción del Gobierno de Adolfo Suárez fue presentar una demanda de declaración de ilegalidad ante el juzgado de primera instancia número 1 de Madrid, que la desestimó alegando que la mayor parte de las pruebas aportadas eran fotocopias sin autentificar. El entonces fiscal general del Estado, José María Gil-Albert, desistió de recurrir porque, como explicaba en una carta de 7 de abril de 1981, "sólo puede instarse la disolución de los partidos políticos una vez que están válidamente constituidos", de forma que "el cauce más adecuado, más rápido y eficaz" para disolver HB era aceptar su inscripción "para inmediatamente después solicitar la disolución". Pero HB no volvió a plantear su legalización hasta diciembre de 1983, cuando Jon Idigoras y otros cinco dirigentes presentaron su petición ante el entonces delegado del Gobierno en Navarra, Luis Roldán. Por tres veces, el Ministerio del Interior dio largas a la demanda, alegando defectos formales en los estatutos, hasta que al final rechazó la inscripción. HB presentó un recursos contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, que le dio la razón, al igual que la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que el 23 de mayo de 1984 sentenció en favor de la primacía del derecho de asociación. El Gobierno no arrojó, sin embargo, la toalla e instó el proceso de ilegalización de HB, basándose en la existencia de "indicios de ilicitud penal" documentados mediante 12 informes. Pero no corrió mejor suerte: sucesivamente, el juzgado de primera instancia número 15 de Madrid, la Sala Tercera de la Audiencia Territorial y la Sala Primera del Tribunal Supremo ordenaron la legalización del grupo aberzale. La "manifiesta ambigüedad" de los estatutos de HB y las conductas individuales de algunos de sus dirigentes, principales argumentos esgrimidos por el fiscal, no fueron suficientes para los magistrados, quienes alegaron que se trataba sólo de juicios de intenciones sobre un partido que legalmente aún no había empezado a existir. "Si luego de inscrito", advertía la sentencia del Supremo, "no desarrollara sus actividades dentro de sus límites lícitos estatutarios, sino que actuara fuera de ellos, por desbordar inadecuada o ilegalmente los principios o declaraciones contenidos en la manifestación de voluntad estatutaria que permitió su inscripción, dirigiéndose a la realización de fines que fueran contrarios a la Constitución o la ley, o manifestando una estructura y funcionamiento no democrático, todo lo que está prohibido a sensu contrario en el artículo seis de la ley fundamental, es evidente que podría incurrir en causa de ilegalización".
El Supremo dictó su sentencia el 31 de mayo de 1986. Tres días después, el ministro del Interior, José Barrionuevo, dictó una orden por la que ordenaba la inscripción de HB en el registro de asociaciones políticas. Había pasado dos años y medio resistiéndose a su legalización. En los 16 años transcurridos desde entonces, nadie ha intentado ilegalizarla.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 20 de mayo de 2002