Enrique Miralles cayó desde el techo de la nave en la que trabajaba en Torrent, a seis metros de altura, al pisar y romperse una placa traslúcida el 1 de agosto de 1995. Nueve días después falleció a consecuencia de las graves heridas sufridas. Enrique trabajaba desde marzo de 1994 como aprendiz de mantenimiento de maquinaria en la empresa Cartonajes Levante, SA.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha considerado que la sociedad debe indemnizar a la familia de la víctima con 150.253 euros ya que, según consta en la sentencia, Cartonajes Levante, SA 'disponía de cinturones de seguridad pero no puntos de anclaje en el techo', pese a que, según los testigos, para ese trabajo deben adoptarse precauciones como andar con cuidado y circular por sitios determinados.
Considera probado el fallo que la víctima subió para colocar en el techo de la nave una placa de fibrocemento por indicación expresa del encargado de la fábrica, 'pese a que carecía de experiencia dada su condición de aprendiz'. Y recoge la sala que tal como consta en la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo en el artículo 151.1, 'en todo trabajo en altura con peligro de caída eventual, será preceptivo el uso de cinturón de seguridad'. Por tanto, 'no sirve que la empresa ponga a disposición el cinturón de seguridad sino que deben existir puntos de anclaje'.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 21 de mayo de 2002