La nueva Ley del Menor, que entró en vigor el 12 de enero de 2001, ha traído consigo que se haya duplicado el número de adolescentes y jóvenes que debe tutelar la Junta de Andalucía. En esta Ley, se ha ampliado el baremo de edad de los menores que delinquen de los 14 a los 18 años. Anteriormente era de los 14 hasta los 16 años. Los jueces apuestan por el régimen abierto, a fin de evitar el internamiento de los jóvenes en centros de menores, con la serie de problemas que ello conlleva.
J.C., un onubense de 16 años, sobre el que recae una sentencia por delitos de robo y agresión contra la integridad física, insiste lo indeseable que, para él, resultan los centros de menores: 'Los jueces no saben lo difícil que es vivir en uno de esos centros. No es como estar en casa. Es durísimo. Aquello no es una familia, no es nada, aunque yo no sé lo que es tener una familia. Nunca la he tenido y he llegado a la conclusión de que no me hace falta'.
Son 74 menores a los que se ha aplicado en 2001 la medida de libertad vigilada en la provincia de Huelva. Y se prevé que a final de año aumente el número de casos hasta 90, según fuentes de la Junta de Andalucía. La duración máxima en la que está fijada por ley la libertad vigilada es de dos años.
Libertad vigilada
La libertad vigilada es una medida judicial que trata, a través de programas formativos y pedagógicos, reinsertar a los jóvenes en la sociedad. Su objetivo es potenciar y desarrollar mecanismos de cambio de conducta en el menor.
El juez de menores de Huelva, Ruperto Medina, explicó: 'La libertad vigilada es reciente, pero debe tener futuro, porque estos menores han cometido un tropiezo en el inicio de sus vidas y hay que intentar recuperarlos para la sociedad'.
Con la libertad vigilada, el menor está sometido a un control y supervisión, a cargo de un equipo multidisciplinar, dependiente de la Junta de Andalucía. La Consejería de Asuntos Sociales es la encargada de ejecutar las medidas impuestas por los jueces a los menores. Uno de los técnicos de la Junta que trabajan en este programa indicó: 'El juez impone la libertad vigilada por nueve meses, e incluso por un año. En ocasiones se agota el menor, porque son procesos muy largos y los menores quieren resultados a corto plazo'.
El control se efectúa al menor dentro de su ámbito familiar, social o profesional. El juez se limita a aprobar el plan formativo que los técnicos de la Junta aplicarán al menor según sus características y a supervisar la evolución del menor a través de informes que este equipo les hace llegar de dos en dos meses, 'pero el seguimiento diario del menor lo lleva el área de reforma juvenil de la Junta', precisó el juez de menores.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 27 de mayo de 2002