La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa ha condenado a tres guardas de seguridad a penas individuales que suman 21 años y tres meses de cárcel y otros tantos de inhabilitación profesional por el delito de detención ilegal en concurso con el de robo con intimidación a un joven marroquí. El tribunal les considera también autores de un delito contra la integridad moral de la víctima.
La madrugada del 1 de abril de 2001, J. M. Martín estaba como vigilante de seguridad en la estación de Renfe de Irún, adonde fue el joven marroquí M. Amrani para tomar un tren. El acusado, según la sentencia, 'comunicó que tenía a un marroquí en la estación' a dos compañeros, J. I. Barrado y J. A. Sánchez, que se encontraban fuera de servicio y al poco tiempo se personaron en la estación.
Una vez allí, Barrado y Sánchez se aproximaron a Amrani 'identificándose como policías' y le trasladaron a las antiguas dependencias de la aduana, donde también entró Martín. Los acusados, que 'pretendían apoderarse de los objetos de valor que llevaba el joven', dijeron ser 'miembros de una unidad antiterrorista' y exigieron a Amrani que 'se desnudase, tras lo cual le esposaron y lo situaron cara a la pared'. A continuación, registraron el equipaje del joven y se apoderaron de 330,56 euros, una cámara de vídeo, dos frascos de colonia, 5 CDs y un teléfono móvil. Cuando la víctima permanecía desnuda y en el suelo, Barrado exigió a Amrani que 'gritase para hacerle ver a su jefe que le estaba golpeando', mientras pegaba con una porra en las paredes.
Posteriormente, los acusados quitaron uno de los grilletes a Amrani y le exigieron que se vistiese y no volviese por Irún. La víctima abandonó la estación y se topó con la Ertzaintza, a la que manifestó 'aterrorizado 'no me peguéis, no me peguéis'.
El juez no aprecia la agravante de racismo invocada por el fiscal, que pidió un total de 35 años de cárcel, pues considera que el fin de los acusados era el robo. Así, condena a Casado y García a siete años y medio cada uno, mientras que a Sánchez le impone seis años y tres meses, porque confesó su participación. Los condenados deberán indemnizar a la víctima con un total de 2.343 euros.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 6 de junio de 2002