La decisión de archivar la petición de autorización judicial para obtener semen del marido en coma con fines procreativos deja sin resolver el asunto principal y situa a la solicitante ante un 'callejón sin salida', informan fuentes jurídicas.
Una de ellas, el catedrático de Derecho Procesal Andrés de la Oliva, manifestó a este periódico que, al margen de que el juez civil lleve por una u otra vía el procedimiento, según que haya oponentes o no, 'lo que no puede hacer es dejar sin resolver sobre la autorización judicial solicitada, que es la decisión sustantiva, porque eso sería situar a la peticionaria ante un callejón sin salida'.
De la Oliva señala que el propio fiscal, aunque se opuso a la autorización judicial, reconoció que era la vía indicada por el Código Civil.
El catedrático señala que el precepto procesal que invoca el juez dice que 'si a la solicitud promovida se hiciere oposición por alguno que tenga interés en el asunto, se hará contencioso el expediente', pero nada dice del archivo.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 5 de julio de 2002