El Tribunal Supremo ha condenado a la Caixa a pagar 115 millones de pesetas a Hacienda por una parte del viejo litigio de las pensiones temporales inmediatas (PTI), antecedente de las primas únicas, iniciado en 1978 (véase EL PAIS de 20 de octubre de 1982).
El alto tribunal ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional de 1997 que daba la razón a la entidad de ahorro sobre el criterio empleado en las retenciones fiscales aplicadas a las PTI. Las Caixa sólo aplicaba retenciones a una parte de los rendimientos obtenidos amparándose en una consulta vinculante a Hacienda. La consulta aceptaba la tesis de la Caixa, que sostenía que las PTI estaban formadas por tres contratos distintos (un capital diferido, una renta temporal y un seguro de vida) y que una parte de los rendimientos no estaban sometidos a retención fiscal. Hacienda afirmaba que las tres operaciones eran un contrato de depósto sometido a retención fiscal normal. El Supremo señala que la consulta vinculante no es aplicable al año 1978 cuando aún no estaba vigente el nuevo IRPF. En el litigio de las PTI, la Caixa ha logrado resoluciones favorables de los tribunales por unos 17.000 millones de pesetas.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 9 de julio de 2002