Un funcionario municipal de Alicante, G. C., jefe de departamento, debe devolver una parte de su sueldo al sentenciar un Juzgado que fue ascendido de grado de forma irregular. La cantidad a reintegrar a las arcas públicas se eleva a 3.646,88 euros (606.790 pesetas), según se desprende de dicha resolución. La sentencia puede ser recurrida.
El juzgado de lo Contencioso número tres de Alicante ha resuelto el asunto a raíz de una demanda de CC OO. Esta formación entendió que la elevación de la categoría del funcionario desde el grado 21 al 29 fue realizada de forma ilegal por la Concejalía de Personal.
El funcionario municipal pasó, por designación directa, a trabajar en el Síndic de Greuges en 1994. La Ley sobre Medidas para la reforma de la Función Pública estipula que el tiempo 'en servicios especiales' debe computarse como prestado en el último puesto. Por lo que al funcionario le correspondería volver al Ayuntamiento al 21, o, en su defecto, al 25, debido a una nueva reestructuración de puestos de trabajo, según CC OO. El juez ha dado la razón a los demandantes y ha anulado el decreto del área municipal de Recursos Humanos. El Ayuntamiento fechó el 18 de mayo de 2001 el decreto que consolidaba el ascenso.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 30 de agosto de 2002