La Junta de Andalucía modificará casi todos los impuestos sobre los que estrena capacidad normativa en 2003 -reconocida en el actual sistema de financiación autonómica- para mejorar el tratamiento fiscal de las familias con hijos, los jóvenes y las mujeres. Según aseguró ayer la consejera de Economía y Hacienda, Magdalena Álvarez, el conjunto de medidas, que se incluirá en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos andaluces del año próximo, beneficiará a unos 'dos millones de contribuyentes', personas en su mayoría con renta anuales por debajo de los 24.000 euros (cuatro millones de pesetas). La norma, dijo, persigue 'potenciar el carácter redistributivo' del sistema fiscal.
Entre las deducciones previstas en la cuota autonómica del IRPF, Álvarez destacó las que se dirigen a los perceptores de las ayudas de 50 euros que presta la Junta, como apoyo a las familias, para aliviar la carga por hijos menores de tres años, o por cada hijo en caso de parto múltiple. De esta manera, añadió, se evita que la ayuda directa que han recibido incremente la carga fiscal de estos contribuyentes, una novedad en el ordenamiento jurídico español.
Se reducirán, asimismo, los costes en la compra de viviendas por parte de menores de 35 años o adquirentes de pisos protegidos cuyos ingresos anuales no superen los 24.000 euros. La rehabilitación y el alquiler podrán alcanzar deducciones hasta del 10%, con un límite de 150 euros. El respaldo a las iniciativas empresariales se plasma en deducciones, 'inéditas' en España según la consejera, de 150 euros para los jóvenes que se den de alta en el IAE por primera vez o de 300 euros en el caso de mujeres.
La futura ley modificará otro impuesto directo, el de Sucesiones y Donaciones. El objetivo es adaptar al ámbito fiscal el concepto de familia regulado en Andalucía, que equipara las parejas de hecho a los matrimonios y el acogimiento familiar a la adopción. También se facilita la adquisición por vía de herencia de una vivienda, al aumentar la reducción estatal de la base imponible del impuesto desde el 95% hasta el 99,99% del valor del inmueble.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 11 de septiembre de 2002