La resolución adoptada por el Ayuntamiento de Novelda en 1998, por la que rescindió su relación con la empresa Aquagest S.A para iniciarla con Seragua S.A. y Fomento de Construcciones y Contratas S.A. (FCC), a quien otorgó la concesión administrativa del abastecimiento de agua potable y saneamiento, es nula. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha admitido el recurso de Aquarest y ha fallado: 'Imponer al pleno del Ayuntamiento de Novelda la obligatoriedad de dictar una nueva resolución que establezca qué entidad satisface de mejor modo los intereses públicos diseñados en el pliego de cláusulas administrativas que regulaba ese concurso público'.
El dictamen se fundamenta en que la elección del Ayuntamiento de Novelda fue discrecional, el informe vertido a favor de Seragua y FCC fue extemporáneo, no se priorizó -como exigían las bases- la opción más ventajosa para los ciudadanos y se aceptó una propuesta que repercutía en los vecinos unas tasas que debía asumir la compañía, como acreditó en propuesta y venía haciendo Aquagest.
El TSJ ha estimado el acuerdo de Aquarest, en el que, entre otras cosas, planteó que se había vulnerado el principio de igualdad y seguridad jurídica.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 20 de septiembre de 2002