Un joven sevillano de 27 años recibirá una pensión mensual de 420 euros durante tres años por parte de su padre, según una sentencia que ha atendido su reclamación después de que el padre lo echara de casa y le reprochara que no buscaba trabajo.
El joven, que acaba de terminar la carrera de Derecho, recibirá 420 euros mensuales hasta julio de 2005. Esta obligación sólo se interrumpirá si encuentra trabajo y, en caso de que sea eventual, durante el tiempo que dure el contrato.
Fuentes judiciales indicaron que, hace unos meses, el progenitor echó a su hijo de casa tras reprocharle que 'era un vago y no buscaba trabajo'. El demandante se trasladó entonces a vivir con su madre en Sevilla, donde reclamó a su padre una pensión igual, al menos, a las 70.000 pesetas mensuales que percibe la otra hija del matrimonio.
El juez de Villafranca de los Barros (Badajoz), donde se interpuso la demanda por ser la localidad de residencia del padre, recuerda en su sentencia que el Código Civil obliga al pariente con más medios económicos a 'asumir toda clase de ayudas y cuidados de orden material, ético y afectivo a favor del pariente desfavorecido'. La pensión alimenticia es, según el fallo, 'una prestación personal fundada en el vínculo parental y dirigida a contribuir al desarrollo de la comunidad de vida entre los parientes', añade la sentencia.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 29 de septiembre de 2002