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OPINIÓN DEL LECTOR

Interinos

Según el diccionario de la Real Academia Española, la acepción más corriente del término interino es: 'el que ejerce un cargo o empleo por ausencia o falta de otro'. Tal como está el panorama en Andalucía, parece conveniente añadir un nuevo significado: 'persona que aspira a la condición plena de funcionario pero sin superar la reglamentaria oposición'.

Viene esto a propósito de la carta publicada el pasado día 8, en la que Agustina Ruiz Villacañas anima a los interinos de la enseñanza a luchar por lo que considera una causa justa: la estabilidad en el empleo. Supongo que también incluirá el reconocimiento de trienios, con el añadido que ello redundaría en la mejora de la calidad de la enseñanza.

A esta colega me permito decirle que el que escribe estas líneas ha debido superar dos oposiciones para acceder a la condición de funcionario docente en un instituto de Sevilla, después de ejercer en varios pueblos y en barrios marginales de la capital. No quiero decir que el actual sistema de oposiciones sea el camino ideal para acceder a la función pública, ya que es francamente mejorable, pero es el único existente mínimamente fiable.

Si la Consejería cede a las presiones y concede la estabilidad plena a los interinos por la cara, estaríamos ante una grave injusticia, y poniéndole las cosas todavía más difíciles a las nuevas promociones de maestros y licenciados.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 18 de octubre de 2002