El Tribunal de Primera Instancia de la UE optó ayer por 'desestimar' los seis recursos interpuestos por las diputaciones forales de Guipúzcoa, Álava y Vizcaya contra la apertura de expediente por la Comisión Europea en 1999 para investigar incentivos fiscales vascos a la inversión. Los jueces no se pronuncian sobre el fondo, ya que la cuestión recurrida es de procedimiento, aunque sí señalan que Bruselas no cometió 'errores de apreciación' a la hora de decidir examinar los regímenes. Las diputaciones forales vascas quitaron ayer importancia al fallo al asegurar que lo fundamental será la decisión final sobre el fondo de la cuestión.
La Comisión Europea abrió en julio de 1999 una investigación formal contra los incentivos fiscales a la inversión de las tres diputaciones forales vascas y de Navarra, por considerarlas ayudas públicas incompatibles con el Tratado de la UE. Por un lado, se cuestionaban los créditos fiscales del 45% de la inversión cuando ésta superara los 2.500 millones de pesetas (15 millones de euros). Por otro, se ponía en duda las llamadas minivacaciones fiscales, que suponían reducciones de la base imponible del impuesto de sociedades del 99%, 75%, 50% y 25%, respectivamente, los cuatro primeros años en que la empresa obtuviera beneficios. Estos incentivos estuvieron vigentes en Álava entre 1995 y 2000, y en Vizcaya y Guipúzcoa desde 1997.
Los recursos de las diputaciones planteaban que 'las medidas fiscales no constituyen ayudas de Estado en el sentido del Tratado de Roma'. La decisión final sobre el expediente de 2001 de la Comisión Europea también ha sido objeto de varios recursos ante el Tribunal que actualmente se encuentran en fase de instrucción. La comisión dictaminó en la clausura del expediente que los incentivos eran ayudas de Estado. Pero dejó claro que, en ningún caso, se cuestionaba la autonomía fiscal vasca y navarra. El fallo que ayer se conoció no se pronuncia sobre el fondo del asunto, sino que determina que las diputaciones forales vascas 'no pueden afirmar' que por abrir un expediente se está poniendo en tela de juicio 'su competencia normativa'. Hay dos meses para recurrir.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 24 de octubre de 2002