El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Madrid que condenó al propietario de un salón de bodas a pagar una indemnización de 30.050 euros (cinco millones de pesetas) por la muerte del padre de la novia, que se cayó por un hueco del escenario al intentar realizar una fotografía.
La Sala de lo Civil del Supremo rechaza el recurso presentado por el titular de los salones y confirma su responsabilidad en esta muerte, fijando esta cantidad teniendo en cuenta también la actitud negligente de la víctima. El padre de la novia, que intentaba hacer una fotografía de los novios partiendo la tarta nupcial, perdió el equilibrio y cayó desde una altura de un metro, "con tan mala fortuna que se fracturó el cráneo y después de dos días en coma falleció".
El Supremo estima que procede la responsabilidad del dueño del establecimiento que creó el riesgo de accidente "al situar encima del escenario la mesa principal del banquete sin acompañar las medidas adecuadas de seguridad". "Este riesgo se produce en virtud de la explotación de un negocio comercial, con ganancias para el empresario, por lo que él es el que debe soportar los daños que esta forma de explotación crea", explica la sentencia.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 9 de diciembre de 2002