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Sanidad deberá pagar intereses a una empresa por abonos con retraso

La Consejería de Sanidad ha sido condenada a pagar 344.384,29 euros a una mercantil por los intereses devengados por facturas de suministros a centros hospitalarios abonadas con retraso, según una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano. El tribunal ha estimado el recurso interpuesto por la empresa en marzo de 1999 contra la resolución de Sanidad en la que le denegó el pago del importe de los intereses de las facturas por suministros a distintos centros hospitalarios.

La consejería alegó en su defensa la ausencia de las facturas y, por tanto, de los intereses producidos. Además, sostuvo que había error en las liquidaciones y en el cómputo de los plazos y fechas de presentación de las facturas y las órdenes de pago dadas a las entidades financieras correspondientes.

Sin embargo, la sentencia señala que el expediente de Sanidad es "incompleto de forma ostensible" ya que en él "sólo" figuran las reclamaciones y liquidaciones de la empresa sin ninguna resolución administrativa, por lo que hay que tener por ciertos los datos de la empresa en lo relativo al hecho del cobro de las facturas y al momento del pago conforme a la liquidación presentada y "no discutida contablemente por la Administración".

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 7 de enero de 2003