El próximo febrero comenzará la discusión parlamentaria del proyecto de Ley de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) que adapta la legislación española a las directivas comunitarias y abre nuevas posibilidades de inversión para los inversores en fondos. Las principales novedades son las siguientes:
- Pasaporte comunitario. Las sociedades gestoras españolas podrán obtener un pasaporte que les permitirá abrir sucursales en otros Estados de la UE y prestar servicios de manera transfronteriza.
- Asesoría y gestión de carteras. Además de la gestión de IIC, podrán realizar las siguientes actividades: gestión individualizada de carteras, asesoría sobre inversiones financieras y la custodia y administración de participaciones de IIC.
- Flexibilidad para invertir. La otra novedad afecta a los productos de inversión, permitiendo ésta en prácticamente todo tipo de activos financieros. No sólo desaparecerán por la ley categorías de IIC como ocurre hoy día (FIM, FIAMM, etcétera), sino que toda IIC podrá invertir en cualquier activo financiero.
- Supervisión. De acuerdo con la Ley Financiera, el sector de la inversión colectiva queda sometido al control del Comisionado para la defensa del inversor. También se extiende a las sociedades gestoras la obligación de crear un departamento de atención al cliente, o bien, un defensor del cliente.
- Depositario y gestora. Se refuerza la separación entre la sociedad gestora (o, en su caso, sociedad de inversión) y el depositario. De este modo, aunque se admite la pertenencia al mismo grupo, se exige el establecimiento de una serie de medidas para prevenir los conflictos de interés.
- Rapidez en los trámites. Se flexibilizan los procedimientos de fusión, transformación y escisión. Así, accionistas y partícipes no se verán cautivos en una inversión ante cambios de los mercados.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 13 de enero de 2003