La mayoría conservadora del Consejo General del Poder Judicial impuso ayer finalmente su criterio en la reforma penal anunciada por el Gobierno. Por 12 votos a 9 logró el aval del pleno para informar favorablemente, sin retoques, el anteproyecto que establece el cumplimiento íntegro de las penas por terrorismo y otros delitos y eleva de 30 a 40 años la pena máxima de cárcel. El consenso alcanzado la semana pasada quedó roto con una enmienda del bloque mayoritario. El retoque evita suprimir una párrafo de la reforma que no diferencia, a efectos de posibles beneficios penitenciarios, entre terroristas condenados a numerosos años pero con un pronóstico de reinserción y los que carecen de este pronóstico.
El informe consensuado la semana pasada por la Comisión de Estudios fue cambiado ayer en el pleno para evitar sugerir al Gobierno la supresión del texto que no distingue entre unos y otros terroristas. Así fue aprobado por 12 votos, mientras que nueve consejeros mantuvieron que había que suprimir ese texto y se opusieron, además, a la retroactividad de la ley.
La parte del informe consensuada por el ponente conservador Adolfo Prego y por el progresista Luis Aguiar proponía que no todos los condenados por delitos de terrorismo queden exceptuados de la posibilidad de que el Juez de Vigilancia, "previo pronóstico individualizado y favorable de reinserción social", acuerde "la aplicación del régimen general de cumplimiento"; es decir, que los beneficios penitenciarios se computen a los terroristas reinsertables sobre los 40 años máximos de cárcel, en lugar de sobre la totalidad de la pena.
La supresión del precepto que se pedía permitiría, explicaba el informe, "hacer compatible el sistema de ejecución [de las penas] con los fines de reeducación y resocialización del artículo 25.2 de la Constitución". Lo que se pretendía evitar es que para los terroristas con elevadas penas de cárcel, el tratamiento penitenciario fuera idéntico -cumplimien-to de 40 años de cárcel en todo caso-, a pesar de que unos se reinsertaran y otros no. El informe recordaba que, en todo caso, la libertad condicional de esos terroristas reinsertables no se produciría hasta que hubieran cumplido 30 años de cárcel.
El bloque mayoritario, aun a pesar del cambio de criterio de ayer, sigue considerando "inexcusable" introducir en la reforma el trato diferenciado entre unos y otros terroristas, pero argumenta que la solución debe venir dada por el propio Gobierno. En su criterio, debe ser el Ejecutivo el que introduzca el mecanismo jurídico o la precisión legal que considere oportuno.
"Cambio sustancial"
Ante este "cambio sustancial" en el informe que se sometía a debate, la minoría progresista pidió un descanso. Una vez reanudado el pleno, el vocal José Antonio Alonso aseguró que mantener el precepto que impone el cálculo de los beneficios penitenciarios sobre todo el tiempo de la condena a los presos por terrorismo "imposibilita en la práctica la finalidad constitucional de la pena: la reinserción".
Según Alonso, el precepto cuestionado conduciría a que un terrorista "condenado a 80 años de cárcel podría acceder al tercer grado después de los 40 años; es decir, nunca, y a la libertad condicional después de 60 años; esto es, nunca, porque antes se cumplirían los 40 años de pena máximos".
Se alinearon en la votación de la mayoría 10 de los vocales propuestos por el PP, el presidente y el vocal propuesto por PP-PSOE Agustín Azpárren. En contra del nuevo informe retocado votaron siete consejeros propuestos por el PSOE, Alfons López Tena (CiU) y Félix Pantoja (IU), estos últimos autores de sendos votos particulares discrepantes.
El texto aprobado se limita a proponer que en el artículo 78, cuando prevé la posible aplicación de los beneficios penitenciarios sobre el límite máximo de 40 años a los condenados a elevadas penas de cárcel que se reinserten, "si se mantiene en el número 3 del artículo la excepción allí prevista para los delitos de terrorismo o cometidos en el seno de organizaciones criminales, debería introducirse algún tipo de mecanismo jurídico o de precisión legal que diferenciase de algún modo el tratamiento del delincuente que alcance la rehabilitación social de aquel otro que se encuentre en el caso contrario".
Los siete consejeros propuestos por el PSOE también defendieron la irretroactividad de la futura ley. El progresista Luis Aguiar explicó que, mientras todo el CGPJ acepta que la elevación a 40 años de la pena máxima de cárcel sólo puede aplicarse a delitos cometidos después de la entrada en vigor de la ley, la mayoría estima que el endurecimiento del tercer grado y la libertad condicional es aplicable a presos ya condenados en el momento de entrada en vigor de la ley.
Aguiar razonó el argumento de la minoría de que "a los condenados con arreglo a una legislación anterior no puede aplicárseles una nueva legislación desfavorable y que afecta al derecho fundamental a la libertad".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 5 de febrero de 2003