Selecciona Edición
Selecciona Edición
Tamaño letra

La Constitución Europea fija como objetivo de la UE promover la paz

Giscard se lamenta de que la tensión internacional divida a Europa

Valéry Giscard d'Estaing, presidente de la Convención sobre el Futuro de Europa, presentó ayer en Bruselas los primeros 16 artículos del proyecto de Constitución Europea consensuados en el Presidium o directorio de ese foro. En esos artículos se citan los objetivos de la Unión y sus valores, los derechos de los europeos y las competencias exclusivas de la Unión. Giscard calificó de "histórico" este primer paso en la redacción del tratado constitucional europeo, que quedará completado en junio.

El primer artículo señala que la Unión está basada en "la voluntad de los pueblos y Estados de Europa de afrontar su futuro común", por lo que "las políticas de los Estados miembros son coordinadas" a la vez que la Unión "gestiona de manera federal ciertas competencias comunes". "La Unión", añade, "respeta la identidad nacional de sus Estados miembros" y "está abierta a todos los Estados europeos cuyos pueblos comparten los mismos valores, los respetan y se comprometen a promoverlos en común".

Esos valores son (artículo 2) "el respeto a la dignidad humana, la libertad, la democracia, el estado de derecho y el respeto a los derechos del hombre", a través de "una sociedad pacífica que practica la tolerancia, la justicia y la solidaridad". En contra de la pretensión de los democristianos, no hay en el artículo referencia alguna a la herencia religiosa europea.

"El objetivo de la Unión", dice el artículo 3, "es promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos". También fija como objetivos el desarrollo sostenible, el pleno empleo, la generación de altos niveles de vida o el respeto a la diversidad cultural. "La Unión tiene personalidad jurídica", reza el artículo 5, con lo que abre la puerta a la representación única en organismos internacionales.

Entre los derechos fundamentales (se adjuntará a la Constitución la Carta de Derechos de la UE), se menciona que todo ciudadano de un país de la UE tendrá también la "ciudadanía de la Unión", aunque ésta no remplaza a la primera.

Al referirse a las competencias (artículos 11 y siguientes), distingue entre las "exclusivas" de la Unión, las "compartidas" y las "de apoyo". Entre las primeras, asegurar la libre circulación de personas y capitales, establecer las reglas de la competencia, la unión aduanera, la política comercial común, la política monetaria para la eurozona y la conservación de los recursos pesqueros. Entre las segundas, el mercado interior, el espacio de libertad y justicia, la agricultura y la pesca, los transportes, la energía, la política social, la cohesión económica y social, el medio ambiente, la sanidad pública y la protección a los consumidores. Entre las de apoyo, el empleo, la industria, la educación, la cultura, el deporte y la protección contra catástrofes.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 7 de febrero de 2003