El juez Juan del Olmo justifica en un auto de 12 folios las medidas de prisión incondicional decretadas para cinco de los diez directivos de Egunkaria y de cárcel eludible bajo fianzas de entre 12.000 y 30.000 euros para otros cuatro directivos. Lo que sigue es un resumen del mismo:
"La organización terrorista ETA, lejos de ser una organización terrorista que sólo ejerce la actividad violenta en justificación de su objetivo final (la creación de un Estado Vasco Independiente, Socialista, Reunificado y Euskaldun), se ha adaptado a la realidad social, jurídica y política española, con aprovechamiento del marco democrático y de la instauración en España de un Estado Democrático y de Derecho (...), generando dicha organización terrorista una estructura plural, legal y alegal, en la que ha incardinado los instrumentos necesarios y útiles para el fortalecimiento y apoyo de su estrategia terrorista".
"(...) El frente cultural y mediático adquiere una relevancia esencial en la estrategia terrorista de ETA. En este sentido, el concreto objeto de estas actuaciones es la presunta vinculación de Egunkaria S. A. y del periódico editado por esta, Euskaldunon Egunkaria, así como de las personas físicas que perteneciendo o habiendo pertenecido a dichas empresas o al referido periódico, materializan la presunta vinculación con la organización terrorista ETA, tanto desde el punto de vista económico-financiero (transferir fondos provenientes de la organización ETA o de su entramado para la adquisición de dichas sociedades y otras sociedades participadas), como de fortalecimiento de uno de los objetivos terroristas (creación de una estructura informativa en euskera controlada por la organización terrorista ETA) para facilitar el amparo y la difusión del ideario terrorista y de los valores e intereses defendidos por dicha organización terrorista; y todo ello trascendiendo la actuación de personas concretas, que pueden ser sustituidas o desplazadas a otros cometidos, lo que evidencia la continuidad delictiva, enmarcada en el presunto proyecto terrorista, se vería asegurada por la permanencia, estabilidad y continuidad de la vida mediático-informativa-social-económico-financiera del periódico reseñado y de la empresa que le da cobertura, en la que se integrarían en los estamentos directivos o decisorios personas afines o que asumirían esa estrategia o proyecto".
Los documentos que el juez cita para probar que los directivos detenidos y encarcelados forman parte del "proyecto terrorista" fueron incautados en operaciones policiales desarrolladas entre 1990 y 1993 que permitieron la detención de terroristas del aparato político de ETA.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 26 de febrero de 2003