El Tribunal Supremo notificó ayer la sentencia sobre el genocidio denunciado por la premio Nobel Rigoberta Menchú, que limita el enjuiciamiento del genocidio a que los presuntos culpables se encuentren en territorio nacional y no se acceda a la extradición. El Supremo ha decidido que España sí es competente para juzgar el asalto a la Embajada española en 1980 y los casos de sacerdotes españoles asesinados en aquel país. Siete magistrados han firmado un voto discrepante, en el que aseguran que la sentencia "deroga" el principio de jurisdicción universal.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 4 de marzo de 2003