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Un tribunal impone la pena mínima por asesinato en un caso de violencia doméstica

La Audiencia de Barcelona ha impuesto una pena de 15 años de cárcel, la mínima por un delito de asesinato, a un hombre que mató a su esposa golpeándola, torturándola, atándola de pies y manos, y finalmente asfixiándola con un trapo impregnando de amoníaco porque considera que "15 años de prisión son muchos años de prisión". El fiscal pidió 19 años de cárcel, mientras que el abogado de la acusación particular solicitó 20 años. No obstante, el tribunal le ha impuesto una pena de 15 años porque "no hay razón para imponer una pena superior a la mínima legalmente prevista" y porque la "sentencia" no ha de ser "un acto de venganza, sino un acto de justicia, y suficiente justicia se hará imponiendo la grave pena que la ley señala al delito cometido".

El acusado ha sido condenado por un delito de asesinato con una agravante de parentesco y una atenuante de haber cometido los hechos previo consumo de bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes. El jurado ya declaró culpable al procesado, Juan Expósito Gallardo, de 37 años, que la madrugada del 24 de septiembre de 2000, asesinó a su esposa, María del Carmen, de 31, en casa de sus padres en Santa Coloma de Gramenet (Barcelona). A la hora de imponer la pena, la sentencia señala que no ha quedado acreditado que el acusado "sea una persona con un mal pronóstico de reinserción o rehabilitación" y que no tiene condenas anteriores a estos hechos, por lo que le impone la pena mínima.

A pesar de que el fiscal y la acusación particular solicitaron que al acusado se le retirara la patria potestad de la hija, la sentencia entiende que dicha medida supondría "un sufrimiento complementario y de gran intensidad al que ya sufrirá como resultado de la pena privativa de libertad que le resulta de imposición obligada".

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 11 de marzo de 2003