El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha sancionado al propietario de un matadero de ovejas de Borges Blanques (Lleida) con una multa de 15.025 euros por administrar clembuterol a los animales.
El 22 de septiembre de 1997, la Consejería de Sanidad y Seguridad Social impuso la mecionada sanción por la comisión de una infracción grave prevista en la ley del Parlament de Catalunya sobre higiene y control alimentario. Dicha sanción se produjo tras la toma de muestras realizada en el matadero J. Torrent, de Borges Blanques, en los ojos de cuatro ejemplares de ovejas, las cuales arrojaron un resultado positivo de presencia de clembuterol.
El propietario de la granja recurrió la sanción al entender que se habían producido irregularidades en el proceso sancionador. La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJC ha desestimado el recurso al entender que la toma de muestras fue ajustada a derecho. El fallo añade, respecto a la identificación de las muestras, que "consta en el acta la numeración de las mismas y la de aquellas que arrojaron resultado positivo de presencia de clembuterol"; por lo tanto, la actuación administrativa fue "correcta".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 24 de marzo de 2003