La multa de tráfico, calificada como "grave" y por un importe de 301 euros, que se sanciona en abril del 2002 aparece por tercera vez en el BOCAM el 6-1-2003; dicha sanción corresponde al vehículo de una empresa, la cual tiene varias sanciones más similares desde entonces, y como este caso, cada día cientos. A partir de esto deseo preguntar: ¿se puede aplicar a estas empresas o particulares el agravante de multirreincidente?, ¿se puede permitir el despilfarro en materiales y personal, pagado por todos?, ¿se puede hablar de delincuencia permitida?
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 11 de abril de 2003