La ministra de Sanidad, Ana Pastor, presentó ayer a los consejeros autonómicos el proyecto de ley de ordenación de las profesiones sanitarias. La iniciativa estaba prevista en la Ley General de Sanidad de 1986, y su fin es incentivar y recompensar a los trabajadores del sistema para que se mantengan al día en las innovaciones de su profesión. La carrera fija cuatro categorías para los licenciados, y tres para el resto.
La mayor novedad de la reunión del Consejo Interterritorial (el organismo donde están representados los responsables sanitarios autonómicos y del Gobierno central) fue el debate de la ley que regula la carrera profesional del personal sanitario. El establecimiento de una carrera profesional es una reclamación de las asociaciones profesionales y sindicales desde 1986. El proyecto que presentó ayer Pastor reconoce que existe un "vacío normativo" sobre la capacitación de los trabajadores una vez que obtienen su primera titulación, y es de aplicación tanto para los profesionales del sector público como para los que trabajan en el sector privado o por cuenta propia.
Hasta la fecha, la carrera de los profesionales de la sanidad es muy limitada. Para la mayoría acaba una vez que obtienen el título académico correspondiente (por ejemplo, especialista en medicina de familia o farmacéutico de hospital). Si después de conseguir una plaza en un centro público (o un contrato en la sanidad privada) realizan cursos de actualización de conocimientos, éstos no les suponen ninguna ventaja profesional. En el sector público, su única posibilidad de mejora es un ascenso a jefe de departamento, por ejemplo, y las actualizaciones salariales por antigüedad.
Para la regulación, el proyecto establece dos grupos: los facultativos (médicos y farmacéuticos), y los diplomados (enfermeros, fisioterapeutas, ópticos, terapeutas ocupacionales, podólogos y logopedas). Para los primeros, la carrera constará de cuatro categorías, y para los segundos, de tres.
El ascenso de categoría se hará después de pasar un tiempo en el nivel anterior y de superar una evaluación de méritos. Las comunidades autónomas deberán acreditar los centros que ofrezcan formación continua. El reconocimiento de una categoría "tendrá un reflejo en los sistemas de retribución y promoción de los profesionales".
El proyecto también fija que la colegiación será obligatoria y a cargo de los interesados, establece los criterios de reespecialización en Ciencias de la Salud y regula la publicidad de los profesionales. Asimismo da criterios para los programas de MIR y la investigación y docencia.
Con las leyes de profesiones sanitarias y el estatuto marco (el convenio colectivo de los 600.000 trabajadores de la sanidad pública), el Ministerio completa la legislación sobre los profesionales. Esta vez Pastor no ha conseguido el acuerdo con que sacó adelante la ley de Calidad. Tanto el PSOE como las organizaciones sindicales y profesionales rechazan de momento ambas normas.
La ministra también expuso a los consejeros su plan para incorporar al pacto farmacéutico los 201,5 millones de euros que gastó la industria en I+D el año pasado.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 1 de mayo de 2003