La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dos años y ocho meses de cárcel a un hombre que retuvo, amenazó y golpeó a un joven para conseguir que el padre de éste le pagara la deuda que mantenía con él, tras haberle suministrado varias partidas de bacalao, según informa la agencia Efe. Otra persona que también fue juzgada por estos hechos, por colaborar presuntamente en la agresión con el acusado, y cuyo nombre es Raúl G. P., ha resultado absuelta al no haber quedado acreditada en el juicio su participación en los hechos, según se explica en la sentencia.
En su sentencia, la Audiencia de Madrid considera probado que, el 23 de octubre de 1997, Raúl G. P., al que también condena al pago de una multa de unos 180 euros, llamó por teléfono a Manuel F. M., a las 20.30, para que acudiera a un supermercado, situado en la calle del Doce de Octubre, en el distrito de Retiro, "con la finalidad de hablar acerca de la deuda dineraria que mantenía" con su padre "como consecuencia de los distintos suministros de bacalao efectuados anteriormente".
Después de hablar del asunto durante unos cinco minutos, Raúl G. P. obligó al joven a entrar, "en contra de su voluntad", en la parte trasera de una furgoneta para conducirle a un paraje del municipio madrileño de Navalcarnero, donde le conminó a bajarse del vehículo. "Tras esgrimir el acusado una pistola, que no ha podido ser localizada, le profirió diversas expresiones y frases conminándole en tono amenazante a que pagara la deuda pendiente de forma inmediata, diciéndole que en caso contrario le iba a matar y que le iba a pegar un tiro en la pierna", relata la sentencia.
Policontusiones
Acto seguido, le obligó a desnudarse y posteriormente le golpeó con un palo "de tal forma que le causó lesiones consistentes en policontusiones", según explica el tribunal en la sentencia.
El joven, quien renunció en el juicio a cualquier indemnización que le pudiera corresponder, abandonó después el lugar a pie sobre la medianoche hasta que consiguió llamar a un amigo para que fuera a buscarle, y al día siguiente denunció todo lo ocurrido en un puesto de la Guardia Civil.
El tribunal considera que las amenazas proferidas por el acusado deben calificarse de delito, "y no de simple falta", porque esgrimió una pistola, le desnudó y le causó lesiones con un palo. "Conducta ésta", explica la Audiencia de Madrid, "que, además de ser grave, es innecesaria por cuanto que para la finalidad para la que fue trasladado al lugar de los hechos, la exigencia de una determinada cantidad que debía al padre del acusado, no era necesario, además de cometer el delito de detención ilegal, el proferir expresiones y realizar actos intimidatorios", concluyen los jueces.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 5 de mayo de 2003