El Tribunal Supremo ha ratificado una multa de 124 millones de pesetas (0,75 millones de euros) impuesta a Telefónica por el Tribunal de Defensa de la Competencia. La sanción impuesta por Competencia en 1995 se debió a la negativa de la empresa de telecomunicaciones a suministrar líneas telefónicas y por firmar contratos en exclusiva para la prestación de servicios telefónicos con pago con tarjetas de crédito o débito.
Telefónica recurrió la resolución del Tribunal de la Competencia del 1 de febrero de 1995 ante la Audiencia Nacional. En el año 1997 este último organismo judicial ratificó la multa y ahora es firme al ratificarla el Tribunal Supremo. El expediente se inició mediante la denuncia de la firma 3C Commucations, que consideraba que la situación de Telefónica era de dominio e impedía la competencia.
Por otra parte, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha decidido prohibir a las empresas Telefónica y Telefónica Telecomunicaciones Públicas (TTP) la restricción del acceso a números gratuitos desde cabinas públicas.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 9 de junio de 2003