Un juez de Barcelona ha rebajado a dos años de prisión la pena a un agresor sexual reincidente por considerar que la víctima no sufrió una especial vejación pese a que que el acusado le obligó a darle un beso, le manoseó los pechos, se masturbó, eyaculó ante ella y le amenazó de muerte. Según la sentencia, el juez ha impuesto al acusado, Manuel Lázaro Camero, una pena en su mitad inferior por agresión sexual al considerar que en este caso "no concurren condiciones de palabra y obra especialmente vejatorias para la víctima".
La pena impuesta contrasta con la petición de la fiscalía, que solicitaba una condena de tres años y ocho meses de cárcel, y de la acusación particular, en nombre la víctima, que pidió 12 años de prisión por agresión sexual, violación en grado de tentativa y amenazas. Sin embargo, la propia sentencia prohíbe al acusado acercarse al lugar de residencia de la víctima por su "potencial peligrosidad" evidenciada por las amenazas que profirió a la víctima durante los hechos y que "han causado mella psicológica en ella". El acusado, de 48 años, ya fue condenado en 1998 a dos años de prisión por otra agresión sexual.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 16 de junio de 2003