En relación a la carta publicada en su periódico el 3 de julio de 2003, firmada por María Lourdes Méndez Delgado y titulada Oscura imparcialidad, la Universidad de Sevilla desea informarle que la Resolución 21 de diciembre de 1995 de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades e Investigación establece que "aquellos alumnos que hubieran obtenido en el segundo año de Bachillerato una nota media, igual o superior a 9 puntos, se les podrá consignar la mención de matrícula de honor en el expediente y libro de calificaciones. Dicha mención se concederá a un número de alumnos no superior al 5%".
La Universidad de Sevilla, por tanto, no tiene competencia en este tema, ya que son los centros de Enseñanza Secundaria los que, en virtud de la resolución anteriormente citada, fijan el cupo de dicha mención.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 4 de julio de 2003