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El Supremo rechaza anular dos penas de muerte de la posguerra civil

El Pleno de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de dos hermanos para conseguir la anulación de una sentencia, dictada el 19 de febrero de 1941 por un Consejo de Guerra en Valencia, que condenó a muerte a sus padres por el delito de "adhesión a la rebelión", figura que el franquismo aplicaba tras la guerra civil a personas que se habían mantenido fieles a la República. Ambos fueron ejecutados el 5 de abril del mismo año.

Vicente y José Antonio M.C. plantearon en 2000 un recurso de revisión contra dicha sentencia, para conseguir su anulación, a la luz de la Constitución de 1978 y el derecho a la presunción de inocencia, que entendían vulnerado en el proceso de 1941. Los hijos de Armando M.V. y Águeda C.B. destacaban que en el proceso militar cuestionado no existió ninguna prueba incriminatoria contra sus padres. Los descendientes de los ejecutados no tuvieron acceso hasta el año 2000 a las actuaciones del proceso, cuando el Supremo se lo autorizó.

Previamente, el Ministerio de Defensa había desestimado la petición de los hijos de revisar la sentencia y les había contestado que a sus padres ya se les había aplicado la Ley de Amnistía de 15 de octubre de 1977. El Supremo rechaza el recurso por entender que la Constitución no puede modificar hechos probados en sentencias dictadas en aplicación del derecho vigente cuando se produjeron los mismos.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 11 de julio de 2003