Sanidad deberá indemnizar con 150.253 euros a una mujer que dio a luz un niño con síndrome de Down sin que fuera advertida de los riesgos de un embarazo a los 39 años ni se le practicaran los controles genéticos oportunos. El parto se produjo a las 37 semanas de gestación. Además de la indemnización, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) establece una pensión vitalicia para el pequeño, nacido en 1996, de 901 euros al mes y 9.015 euros como compensación en una cantidad única a los hermanos mayores.
Según consta en el fallo, la mujer, "no fue informada de los riesgos propios de un embarazo a los 39 años, ni de la posibilidad de alto riesgo de que el bebé naciera con Síndrome de Down". Y recoge que "no se remitió a la paciente a la Unidad de Genética y Diagnóstico Prenatal para una adecuada información, estudio y asesoramiento frente a los riesgos genéticos". Por todo ello, se considera que "se privó a la mujer de la necesaria información de su estado y con ello le impidió ejercitar libremente su derecho a optar por la alternativa de interrumpir su embarazo".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 24 de julio de 2003