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CRISIS EN EL AYUNTAMIENTO DE MARBELLA

La Junta pedirá la disolución del pleno si fallan servicios básicos

Sevilla
El GIL ha estallado en dos en Marbella, con los fieles a Jesús Gil de un lado y los partidarios de Julián Muñoz, el actual alcalde, al otro. Los cinco ediles socialistas, dirigidos por su portavoz, Isabel García Marcos, y los tres concejales del Partido Andalucista (PA), aceptaron en la madrugada del viernes pactar con los gilistas para arrebatar el poder a Muñoz. La decisión provocó indignación en la dirección del partido socialista, que exigió a sus ediles marcha atrás. Sólo se retractaron Silvestre Puertas y Diego Lara. La rectificación de ambos también refleja las diferencias internas en la lista del PSOE marbellí. José Jaén y Belén Carmona se mantienen junto a García Marcos, su valedora en el partido. Entre los andalucistas no ha habido fisuras. El grupo municipal del PA lo encabeza un ex GIL, Carlos Fernández. Es una incógnita si obedecerá a la dirección del PA en caso de que les pida que abandonen la moción, que fracasará en cuanto le retire su apoyo un edil más.

El Gobierno andaluz sólo pedirá la disolución del pleno del Consistorio de Marbella en el caso de que el actual o el nuevo equipo de Gobierno no pudiera garantizar "la prestación de los servicios básicos" del municipio, dijo el consejero de Gobernación de la Junta, Alfonso Perales, a este periódico.

IU anunció que propondrá en el Parlamento andaluz la disolución del Consistorio si sale adelante la moción de censura para echar abajo el Gobierno del actual alcalde, Julián Muñoz. La drástica iniciativa de la federación de izquierdas, sin embargo, tiene un difícil camino por delante. La Cámara autonómica sólo puede instar a la Junta de Andalucía a activar el proceso administrativo de disolución.

El consejero Alfonso Perales, recuerda que la medida está diseñada para una situación límite, de incumplimiento de las obligaciones municipales.

El portavoz parlamentario de IU, Antonio Romero, se ampara en de la Ley de Bases del Régimen Local que prevé la disolución de consistorios. El artículo 61 señala que el Consejo de Ministros "a iniciativa propia" o "a solicitud del Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente", y siempre "previo acuerdo favorable del Senado", puede ordenar disolver los órganos de un municipio. Pero sólo cuando la gestión de estos órganos sea "gravemente dañosa para los intereses generales" y "suponga el incumplimiento de sus obligaciones constitucionales".

Es decir, que una posible disolución del Consistorio marbellí depende de una iniciativa de la Junta o el Gobierno central, del refrendo del Senado y del visto bueno definitivo del Consejo de Ministros.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 5 de agosto de 2003