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Las Fuerzas Armadas tendrán "militares a tiempo parcial"

El borrador de Defensa califica de "militares a tiempo parcial" a los españoles y españolas que voluntariamente firmen un compromiso para incorporarse a filas "por periodos más o menos frecuentes y reiterados, aunque de corta duración, con el fin de desarrollar ejercicios o asistir a cursos", sin abandonar su profesión ni empleo civil, con el objetivo de completar los efectivos de los ejércitos "en caso de necesidad".

La figura del "reservista voluntario" ya figura en la ley vigente desde 1999, aunque nunca se ha desarrollado ni aplicado. Precisamente, el objetivo de la ley es crear una serie de incentivos para conseguir que los ciudadanos se apunten a esta fórmula, sin precedentes en España.

Entre otras novedades, el borrador prevé que los trabajadores por cuenta ajena que se hagan reservistas voluntarios sigan cobrando su sueldo cuando realicen cursos o participen en maniobras. Su salario deberá pagarlo la empresa en la que trabajen, aunque ésta podrá reclamar al Estado "un porcentaje" de dicha retribución, así como el reembolso de las cotizaciones sociales.

Reforma de cuatro leyes

Los reservistas tendrán derecho a que se les guarde su puesto de trabajo y no se les perjudique en su promoción profesional. El tiempo de reservista les servirá como "mérito" para acceder a empleos públicos. Mientras estén movilizados, se les considerará de alta en la Seguridad Social.

Otros incentivos, de carácter simbólico, incluyen el derecho a vestir uniforme en actos castrenses y a mantener su empleo militar, una vez que dejen de ser reservistas, con carácter honorífico.

Las medidas para animar a los españoles a convertirse en "militares a tiempo parcial" obligan a modificar, entre otras leyes, las de Reforma de la Función Pública, Incompatibilidades de funcionarios, Clases Pasivas y Seguridad Social. Ésta es la razón por la que Defensa ha decidido hacer una ley y no le ha bastado con aprobar un reglamento.

La "activación" de los reservistas voluntarios correponde al ministro de Defensa, según el borrador, mientras que la de los reservistas temporales -es decir, ex militares profesionales- es competencia del Gobierno, que deberá informar al Congreso.

Mientras la legislación vigente limita a un máximo de cinco años, tras expirar su contrato, el periodo durante el cual puede ser llamado para reincorporarse forzosamente a filas un ex oficial o ex soldado, el borrador no fija límite temporal alguno y lo deja para un futuro reglamento.

Los reservistas voluntarios que quieran dejar de serlo deberán anunciarlo con una antelación mínima de tres meses, salvo que concurran "causas extraordinarias" aún por determinar.

Aunque el proyecto cita entre los reservistas a los oficiales que están en situación de reserva -por haber cumplido la edad o el tiempo máximo de servicio sin alcanzar aún la jubilación- se olvida de ellos en su articulado.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 23 de agosto de 2003