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Amina Lawal alega que no tuvo abogado en el juicio que la condenó a ser lapidada

El tribunal islámico de apelación hará público su fallo el próximo 25 de septiembre

Madrid / Katsina

Amina Lawal acudió ayer a la corte islámica de Katsina (Nigeria) llorando y con su hija Wasila, de 21 meses, en brazos. En la vista de la apelación contra la sentencia que la condenó en 2002 a morir lapidada por haber tenido a su hija fuera del matrimonio, se mantuvo en un rincón de la sala. Sus abogados alegaron que no fue asistida por un abogado durante el juicio. El presidente del tribunal de apelación, el gran cadí Aminu Ibrahim, declaró: "Es bueno que Amina conozca su suerte: será lapidada o será absuelta". El fallo se dará a conocer el próximo 25 de septiembre.

La abogada de Amina, Haywa Ibrahim, manifestó optimismo ante el desarrollo de la vista en la que, según ella, no se produjo anomalía alguna. "Vamos a ganar", dijo. Íbrahim basó su apelación en que Amina Lawal, de 31 años, no había sido asistida por un abogado ante el tribunal islámico de Bakori (Estado de Katsina) que la condenó a morir a pedradas basándose en la aplicación penal de la sharía (ley islámica basada en el Corán que en árabe significa "lo que está prescrito"). Argumentó que la mujer, analfabeta y que fue denunciada por los vecinos a las autoridades religiosas, no entendió las preguntas del tribunal.

Divorciada desde 2000, se reconoció culpable de haber tenido relaciones extramatrimoniales con un sobrino lejano de su ex-marido, Yahaya Mohammed, sin conocer las consecuencias de su declaración. El tribunal utilizó a la niña, nacida en noviembre de 2001, como prueba de esas relaciones "adúlteras". Mohammed, por su parte, se libró de la pena de muerte con la que castiga la sharía a separados y divorciados que tengan relaciones extramatrimoniales, negando tales relaciones bajo juramento sobre el Corán (a las mujeres, en cambio, se les exige tener cuatro testigos).

El segundo argumento de la defensa se basó en un artículo de la ley islámica que acepta que un embrión puede estar "dormido" durante cinco años en el vientre de la madre. En el caso de Amina, esto siginificaría que el feto podía haberse gestado cuando todavía estaba casada, un embarazo que, por otra parte, se habría producido antes de entrar en vigor la sharía en 1999. Al final de la vista, un tío de Amina, granjero de 50 años, declaró: "Está extremadamente inquieta. A veces no puede ni comer. Sólo espera con ansiedad que todo esto acabe, poderse casar de nuevo".

El presidente del tribunal, el gran cadi Aminu Ibrahim, informó de que las deliberaciones se prolongarán a lo largo de cuatro semanas y aseguró que el resultado será comunicado el próximo 25 de septiembre. La primera apelación, presentada en el tribunal islámico de Funtua en agosto de 2002, ratificó la sentencia, y concedió a Amina la libertad provisional hasta enero de 2004 para que pudiera alimentar a su hija. La vista que se celebró ayer había sido aplazada en dos ocasiones (marzo y junio de 2003) por no concurrir la totalidad de los cinco jueces que forman el tribunal de Katsina, ciudad centro de enseñanza musulmana.

A la sala acudieron periodistas y representantes de ONG. Nada más conocerse la primera sentencia, la sección española de Amnistía Internacional (AI) organizó una campaña de recogida de firmas en favor de la absolución de Amina. Hasta la fecha, casi nueve millones de personas (más de la mitad españolas) han apoyado la acción.

Aunque el tribunal de Katsina ratifique la condena, existe una esperanza apelando a un tribunal superior federal y, finalmente, a la intervención del presidente del país, Olusegun Obasanjo, contrario a la pena de muerte. Letrados y ONG reprochan a Obasanjo que mantenga una constitución (de 1999) que da libertad a los gobernadores de los 12 estados de mayoría musulmana, de los 36 que integran Nigeria, para que den categoría de código penal a la sharía.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 28 de agosto de 2003