La Consejería de Territorio y Vivienda obligará a las empresas que desarrollen trabajos en terrenos forestales o en su colindancia a elaborar normativas propias de prevención de incendios.
Entre las exigencias que planteará esta nueva norma destaca la prohibición de encender fuego, salvo autorización, así como la prohibición de fumar mientras se esté manejando material infamable, explosivos, herramientas o maquinaria de cualquier tipo.
El decreto que recoge estas medidas tiene un apartado específico para el uso de explosivos en terrenos forestales, así como para la utilización de herramientas que puedan producir chispas. En ambos casos se recoge la necesidad de contar con instrumentos para sofocar el fuego en caso de que éste llegue a iniciarse. Se trata, según el consejero de Territorio y Vivienda, Rafael Blasco, de "dos decretos de gran importancia para la protección de nuestros espacios forestales". El primero de ellos, en el que se encuentra incluida esta medida, recoge el pliego de medidas de seguridad que han de adoptar todos aquellos trabajos que se realicen en terrenos forestales o en sus inmediaciones y que pueden suponer un riesgo de incendios en la Comunidad. Y es que la utilización de maquinarias, herramientas o aparatos que puedan producir chispas o fuego tanto en su utilización normal como en su contacto con otros materiales, la instalación de motores y equipos eléctricos, tanto fijos como móviles, son riesgos reales que pueden producir incendios forestale. Otra de las medidas en las que incide este nuevo decreto es la de prohibir la reclasificación de los terrenos que hayan sido afectados por incendios forestales, con el objetivo de no permitir ningún tipo de especulación.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 7 de septiembre de 2003