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Un médico pagará la manutención de una niña que nació tras la defectuosa ligadura de trompas a su madre

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un médico a pagar la manutención de la hija de una paciente que quedó embarazada tras haberse sometido a una intervención de ligadura de trompas. El facultativo tendrá que abonar por su error 240 euros mensuales a la niña hasta completar una indemnización total de 60.101 euros.

Así lo acuerda una sentencia, que asegura que la demandante, Concepción P. G. -que actualmente tiene 44 años de edad-, representada por la Asociación de Víctimas de Negligencias Sanitarias, era madre de dos niñas cuando ocurrieron los hechos. En el parto del último bebé, ocurrido en noviembre de 1990, se sometió a una operación de infertilidad.

Según relata el fallo, en los dos nacimientos le fue practicada una cesárea por el ginecólogo que la atendida, O. L. Así, aprovechando la última intervención, que tuvo lugar en el sanatorio San José a través de la compañía Sanitas, en la que la perjudicada se encontraba asegurada, el citado médico aconsejó a la paciente la realización de una ligadura de trompas.Por dicha operación, la mujer abonó la cantidad de 450 euros.

A partir de entonces, inició una vida normal, percatándose a los tres años de que se encontraba embarazada de su tercera hija, por lo que acudió a la consulta de su ginecólogo, quien le expresó su sorpresa. Tras ello, la demandante cambió de médico y dio a luz a su tercera hija en febrero de 1994 en la clínica La Milagrosa. La niña cuenta ahora con nueve años de edad.

La afectada interpuso una demanda contra el médico ante el Juzgado de Primera Instancia número 19 de Madrid, cuyo titular desestimó los argumentos de la paciente. Sin embargo, ésta recurrió ante la Audiencia Provincial de Madrid.

La sentencia, dictada por los magistrados María de los Desamparados Delgado Tortosa, Jesús Serrano Sáez y Coro Monreal Huerta, argumenta que en intervenciones como la de ligadura de trompas, "cuya finalidad no es propiamente curativa", los médicos que la realizan "tienen la obligación de alcanzar el resultado previsto".

* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 3 de octubre de 2003