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El TSJA no admite retrasar el pago de Punta Umbría Turística

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de Sevilla no ha admitido la medida cautelar solicitada la semana pasada por la empresa Punta Umbría Turística (PUT), SA, en la que se solicitaba la suspensión del pago del primer plazo para la adquisición de las parcelas hoteleras previstas en el proyecto turístico para la localidad onubense, según confirmó la propia empresa en un comunicado.

La nota explica que esta medida cautelar no ha sido denegada o desestimada por la sala en base a motivos de fondo, sino no admitida "al recibir materialmente el Tribunal dicha solicitud en fecha posterior a la del vencimiento de la obligación cuya suspensión se postulaba" aunque "fue presentada dentro del plazo de dicho vencimiento por parte de la empresa".

Punta Umbría Turística insistió ayer en que es la conducta del Ayuntamiento de Punta Umbría la que ha imposibilitado el pago por parte de la empresa "en unas condiciones de mínima seguridad jurídica" e indicó que siempre se ha mostrado y se sigue mostrando en plena disposición a pagar.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 30 de octubre de 2003