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OPINIÓN DEL LECTOR

Jubilación

No es justa la consideración de la Junta de Andalucía respecto a la jubilación del profesorado que, por un día de diferencia, tenga que continuar un curso más sin poder acogerse a su derecho a la jubilación, mientras otro profesor, en las mismas condiciones y por un día de diferencia en la edad, puede jubilarse durante el curso. Me explico: Si un profesor cumple los 60 años el 31 de agosto, puede jubilarse al terminar el curso; pero si otro, en idénticas circunstancias los cumple el 1 de septiembre, es decir un día después, ha de permanecer un año más de servicio, contra su voluntad y sin poder jubilarse, sin importar que tenga 35 o más años de servicio.

Esta situación, a mi criterio anómala porque abusa contra uno de los principios fundamentales del derecho de los trabajadores, como es el derecho a la igualdad de trato en idénticas condiciones, incluso proporcionales, creo que merece la exigencia de una solución por parte de los sindicatos progresistas, sensibles a los problemas de los trabajadores que, en mi opinión, debieran tomar cartas en este asunto, a todas luces injusto.

Aunque no entendida en este tema, por sentido común, deduzco que si un profesor cumple 60 años, una vez iniciado el curso y, dentro del mismo año, con más de 35 años de servicio, la jubilación debiera proceder al finalizar el curso; y, si acaso, para dar tiempo a los trámites administrativos, prolongarse hasta fin de año; pero no, por un día de diferencia, obligarle a trabajar nueve meses más, hasta finalizar el curso, sin él estar de acuerdo.

¿Acaso no es discriminación obligar a un trabajador a permanecer un año más por haber nacido un día después, pagando ese día con un año extra de trabajo?

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 11 de noviembre de 2003