La Audiencia de Sevilla ha duplicado las condenas impuestas en el primer juicio por un fraude millonario en ayudas al aceite de oliva, ya que ha incluido en el delito la defraudación de 74.565 euros en la campaña 1995-96.
La Sección Primera de la Audiencia, en una sentencia, confirma las penas de seis meses y de un año de cárcel impuestas al agricultor J.M.C., a sus dos hijos y a los empresarios de almazaras A.M.G. y M.A.A.L. por un fraude fiscal de 104.440 euros en la campaña 1993-94 y de 370.953 y 239.588 euros en la anualidad 1994-95.
La Audiencia añade a estos fraudes otro cometido en la campaña 1995-96 en una finca de Carmona (Sevilla), por la que el principal acusado pidió subvenciones pese a que nunca la tuvo arrendada, así como en un olivar de Carrión de los Céspedes (Sevilla) cuya producción se incrementó en un 266% respecto a ejercicios anteriores y en otra finca de Huévar (Sevilla) cuya declaración de cultivo se incrementó en un 341%.
La Audiencia añade a cuatro de los procesados una condena de un año de cárcel y la obligación de devolver a la Hacienda Pública los 74.565 euros obtenidos de forma fraudulenta.
El veredicto rechaza el argumento de los acusados en el sentido de que el fraude en ayudas de la Comunidad Europea no fue tipificado como delito hasta la reforma del Código Penal de 1995 y sostiene que tales fondos deben ser considerados como "subvenciones en el sentido estricto de la palabra, con la misma naturaleza e idénticos efectos".
Delito o falta
Las defensas también argumentaron que ninguno de los fraudes superó los 60.100 euros, cantidad necesaria para que el fraude sea considerado como delito y no una simple falta administrativa.
La Audiencia responde que el delito "se refiere a la totalidad de la subvención obtenida anualmente por campaña agrícola por una misma persona o entidad jurídica, independientemente de las distintas fincas que se digan cultivadas para obtener la ayuda".
Finalmente, la Audiencia defiende la imparcialidad de los inspectores de la Agencia Española del Aceite de Oliva que detectaron el fraude en 1999, de los que "no consta que tuviesen ningún tipo de interés en el asunto o animadversión contra las partes".
Esta sentencia, que no admite recurso ordinario, ha puesto fin al primero de varios juicios por un fraude millonario en el que ha sido imputado medio centenar de propietarios, en unas diligencias que aún continúan abiertas en la fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
En el próximo juicio previsto, la Fiscalía reclama nueve años de cárcel para Juan Antonio Romero, líder jornalero conocido como Comandante Romero y ex alcalde de Badolatosa (Sevilla), quien presuntamente cometió el fraude en doce cortijos que tenía arrendados.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 11 de noviembre de 2003