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La inscripción obligatoria en un registro gremial, contraria a las normas europeas

La Unión Europea estrecha el círculo en torno a las restricciones impuestas por las asociaciones gremiales y colegios profesionales. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictaminó ayer en una sentencia "prejudicial" (dictada a petición de un tribunal nacional que quiere aclarar un caso de dimensión europea) que la obligación de inscribirse en un registro de oficios es contraria a la libre prestación de servicios. Tal fallo confirma una decisión judicial anterior, de octubre de 2000, en el mismo sentido y ambos dictámenes vienen a sumarse al anuncio del comisario de la Competencia, Mario Monti, de perseguir las restricciones impuestas por los colegios que regulan las profesiones liberales en toda Europa.

El caso sobre el que ahora se pronuncian los jueces del tribunal europeo da la razón a un obrero de la construcción, especialista en revoques y enlucidos, al que le fue impuesta una multa en Alemania por trabajar en este país a cuenta de una empresa portuguesa sin estar inscrito en el registro gremial. Bruno Schnitzer, el ciudadano multado, no quiso aceptar la multa y recurrió a los jueces alemanes, que son los que, a su vez, pidieron la opinión del tribunal europeo.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 12 de diciembre de 2003