La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior vasco ha anulado un acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Getxo en septiembre de 2000 por el que aprobó una subvención a Udalbiltza de 30.000 euros, según la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press. La resolución considera que "la atención municipal" no debe ir dirigida "en beneficio de un determinado sector de la acción publica". Agrega que la resolución "favorece a un ente creado para reivindicar un programa de transformación política partidista, convertido por designio partidista en beneficiario directo de ayudas", aunque "indirectamente, algunas de las actividades" culturales, sociales o educativas pormovidas por la agrupación de cargos locales nacionalsitas, "sí pertenezcan al elenco competencias municipal".
La sentencia puntualiza que "no hay asidero" en la Ley de Bases del Régimen Local "que permita incluir, dentro de las finalidades asignadas a los ayuntamientos, la promoción, difusión o propaganda de proyectos o programas políticos, cuya defensa viene atribuida orgánicamente a entes u organizaciones en los que el ordenamiento delega funciones de formación o manifestación de la voluntad popular". El alcalde de Getxo entonces y ahora era el peneuvista Iñai Zarraoa.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 14 de diciembre de 2003