El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha obligado a dar de alta en la Seguridad Social a las 12 prostitutas de un club de alterne, aunque tres jueces han emitido un voto particular en el que advierten del peligro de que el empresario se vea con derecho a exigir a las trabajadoras la prostitución forzada.
La Sala de lo Social del TSJA sentencia a F. M. R., propietario del club Eróticas Goya de Córdoba, a dar de alta en la Seguridad Social a las 12 chicas que ejercían la prostitución en el local el 27 de septiembre de 2001, tras una visita de la Inspección de Trabajo. El empresario argumentó que las mujeres "ejercían libremente la prostitución en el horario de apertura", pero la sentencia dice que "se daban los requisitos de una relación laboral".
Las mujeres trabajaban en un horario establecido, de 21.00 a 5.00, tenían una taquilla para sus objetos personales, y su labor era captar clientes, por lo que percibían el 80% de la consumiciones.
Los tres jueces que han emitido voto particular consideran que el dueño del local "podría exigir a las interesadas el cumplimiento de las tareas contratadas, aun en contra de su voluntad" si se le reconocen las "facultades y derechos derivados de su condición de empleador y los poderes directivos y organizativos". En tal caso, la actividad empresarial sería "ilícita, por contraria a la ley". Los magistrados proponen mantener los derechos y prestaciones de la Seguridad Social, pero aseguran que las prostitutas pueden dejar su actividad en cualquier momento.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 12 de enero de 2004