La Ley Orgánica de Universidades (LOU) ha modificado básicamente el acceso a la Universidad, los sistemas de selección del profesorado y los de elección de los rectores. Las novedades son las siguientes:
-Acceso a la Universidad. Las universidades podrán realizar las pruebas de acceso que prefieran a los estudiantes a partir del curso 2004-2005, cuando desaparecerá la selectividad.
-Elecciones a rector. Los rectores serán elegidos por sufragio universal directo ponderado.
-Habilitación. Es el nuevo sistema de selección de profesores titulares y catedráticos. La realiza un tribunal de siete miembros, elegidos por sorteo. Cada examen se hace en la universidad a la que pertenezca el presidente del tribunal. Se habilita a un número limitado de candidatos. Las universidades deben elegir entre los habilitados.
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-Profesorado contratado. Las universidades podrán tener hasta un 49% de profesorado contratado, no funcionario. Para ser contratado se debe obtener la acreditación que otorgan las agencias de evaluación.
-Agencias de evaluación. Se crea la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), que evaluará las titulaciones cada seis años. Las comunidades crearán sus propias agencias.
-Universidades de la Iglesia. El Gobierno exime a las universidades de la Iglesia católica de que tengan que ser reconocidas por ley de la comunidad autónoma para su creación, algo obligatorio para las otras universidades.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 29 de enero de 2004