El Ayuntamiento de Madrid ha iniciado una campaña de información sobre la bonificación de un 2% en el recibo del impuesto de bienes inmuebles (IBI) para los contribuyentes que se acojan al sistema especial de pago. Éste consiste en domiciliar el recibo y adelantar el pago de parte del importe al 30 de junio.
Mediante este sistema, el 65% de la cuota correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior se hará efectivo el 30 de junio, y el importe restante de la cuota correspondiente al ejercicio vigente, menos el 2% de bonificación, se hará efectivo el último día del periodo voluntario de pago, el 30 de noviembre.
Para acogerse al sistema es necesario ser titular en el recibo de este impuesto, domiciliar el pago de ambos plazos en una entidad financiera y presentar la solicitud en un impreso que puede obtenerse por Internet en la web municipal (www.munimadrid.es).
Las solicitudes presentadas con posterioridad al 1 de marzo próximo surtirán efectos a partir del periodo impositivo siguiente al de su presentación, por lo que el Consistorio está ya informando a través de cartas personales a los contribuyentes madrileños.
La Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, modificada por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Madrid de 22 de diciembre de 2003, prevé este sistema especial de pago del IBI y establece una bonificación del 2% de la cuota del impuesto, a favor de aquellos sujetos pasivos que se acojan al mismo.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 1 de febrero de 2004