Existen circunstancias que van a provocar la ausencia inexorable del trabajador del lugar de trabajo (matrimonio, enfermedad, desempeño de tareas públicas...). En estos casos, el trabajador, previo aviso, podrá ausentarse del trabajo, sin pérdida de empleo ni modificación de sus condiciones laborales, respetándose, en muchos casos, también las retribuciones. El Estatuto de los Trabajadores contiene una relación de causas de permiso, que puede ser ampliada o desarrollada por la negociación colectiva.
Muchas de estas circunstancias que dan lugar a un permiso tienen su origen en el ámbito familiar. El permiso solicitado en estos casos es siempre "retribuido". Así, el matrimonio del trabajador determina el derecho a un permiso de 15 días. Hay que resaltar que estos plazos son siempre "por días naturales", incluyendo, por tanto, domingos y festivos. Por su parte, el nacimiento de un hijo otorga el derecho a solicitar un permiso de dos días. Si fuese necesario un desplazamiento el plazo se ampliaría a cuatro.
El trabajador tiene también derecho a un permiso de dos días por fallecimiento, accidente o enfermedad grave u hospitalización de parientes. Al igual que en los casos de permiso por nacimiento de hijo, la duración de este permiso será de cuatro días si el trabajador necesitase desplazarse.
A la hora de determinar cuándo se entiende necesario hacer un desplazamiento hay que señalar que no existen reglas al efecto. Los convenios colectivos, en ocasiones, establecen criterios, una determinada distancia, por ejemplo. La jurisprudencia se ha limitado a establecer que tal necesidad no está condicionada por la distancia ni por las dificultades de transporte, bastando con que concurra. En la práctica, en muchos casos, el término "desplazamiento" se aplica a aquellos supuestos en los que se exige el traslado a otra provincia.
Iguales problemas causa delimitar cuándo una enfermedad o accidente revisten "gravedad" suficiente para generar derecho a un permiso. Es un concepto que debe ser precisado en cada caso. Así, los tribunales han señalado que una intervención quirúrgica que no necesite hospitalización no implica que el trabajador no tenga derecho al permiso.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 7 de marzo de 2004