El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó ayer al Reino Unido por el caso de un niño con graves minusvalías físicas y mentales, que en 1998 recibió tratamiento en un hospital de la sanidad pública contra la opinión de la madre, que temía que eso provocara la muerte de su hijo.
El Tribunal consideró que "la decisión de administrar un tratamiento" al niño David Glass, sin considerar las objeciones de su madre, Carol, constituye una atentado al derecho al respeto de la vida privada del paciente, "y en particular a su derecho a la integridad física".
Los magistrados recordaron que la legislación británica prevista para que los médicos cumplan con su obligación de "preservar la vida de los pacientes, salvo en circunstancias excepcionales" también considera "prioritaria la exigencia del consentimiento parental", y si no pudiera conseguirse, se requiere la intervención de la justicia.
La madre se opuso repetidamente a que al niño se le administrara diamorfina.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 10 de marzo de 2004