El titular del Juzgado de Lo Penal número 3 de Alicante, Jesús Angulo, ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad al artículo 89 del Código Penal que tipifica la condena a los inmigrantes acusados de hechos delictivos que no superen los seis años de cárcel. Ese artículo establece primero la expulsión de estos extranjeros y, en el supuesto de no poder hacer efectiva su salida de España, el cumplimiento íntegro de la condena, sin posibilidad de acogerse a ningún beneficio, como la suspensión del castigo. El magistrado considera que la norma discrimina al colectivo de inmigrantes condenados en relación con los españoles, ya que éstos sí gozan de otras alternativas para el cumplimiento de la pena. El juez antes de trasladar la cuestión al Tribunal Constitucional (TC) ha solicitado un informe previo a la Fiscalía de la Audiencia de Alicante.
De materializar su anuncio, sería la segunda cuestión de inconstitucionalidad que cursan los jueces de Alicante a la reforma del Código Penal. La primera iniciativa en este sentido partió del titular del Juzgado Número 1 de Sant Vicent de Raspeig al cuestionar el artículo 153 del código que convierte en delito las faltas por maltrato. El magistrado, que ya ha cursado el recurso al TC, pese al informe en contra de la Fiscalía, considera "desproporcionadas" la penas para este tipo de delitos de violencia doméstica.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 24 de marzo de 2004