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CARTAS AL DIRECTOR

¿Constitución de Europa?

En la llamada Constitución para Europa que se está discutiendo no hay división de poderes, y todos admiten, desde Montesquieu, que donde no hay división de poderes no hay Constitución.

En la Unión Europea las instituciones clave son el Consejo Europeo, reunión de jefes de los Gobiernos, que da instrucciones al Consejo de Ministros, o reunión de ministros de un sector. Como los ministros los designa y destituye en cualquier momento el jefe de su Gobierno...

Pues bien, el Consejo de Ministros ejerce el poder legislativo; bien es verdad que en algunos casos "colegisla" el Parlamento Europeo, aunque no en las cuestiones más importantes (fiscales, de defensa). Por otra parte, Consejo Europeo y Consejos de Ministros, asistidos por el Comité de Representantes Permanentes... de los Gobiernos, a través de los comités designados al efecto, ejecutan las normas comunitarias.

Luego los (presidentes de los) Gobiernos legislan y ejecutan. Pero, además de legislar, los parlamentos, en las constituciones democráticas, ejercen el control de los gobiernos: ¿están los Consejos de Ministros controlados por el Parlamento Europeo? Pues no. ¿Acaso por los parlamentos nacionales? Tampoco. Así, no nos extrañe, los Gobiernos están encantados de atribuirse competencias en acuerdos internacionales que se adoptan en las conferencias... intergubernamentales.

Conclusión: a través de la mal llamada Constitución se perpetúa la situación de déficit democrático. Y las normas que afectan a los ciudadanos proceden en su mayoría de la UE.

Superadas las urgencias (la división de Europa por el Gobierno de Aznar), es preciso pararse y seguir un verdadero proceso constitucional, con Parlamento constituyente y referéndum de los ciudadanos europeos.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 7 de mayo de 2004