La Audiencia de Valencia ha anulado el proceso por el que se condenó a un hombre como autor de dos faltas de amenazas, coacciones e injurias contra su ex mujer y el compañero sentimental de ésta porque tras presentar la víctima la denuncia, la Policía Local no cumplió el protocolo que marca la ley, causando un supuesto de indefensión sobre el acusado, que acudió al juicio.
Según consta en la sentencia, la pareja estuvo casada 12 años y tuvo una hija. El 10 de octubre de 2001 hubo sentencia de separación, hecho que el ex marido "no ha aceptado ni superado". Desde entonces, consta en el fallo, "con una periodicidad prácticamente diaria acude a la salida del colegio de la hija e increpa a la madre en términos tales como 'voy a quitarte a tu hija, te vas a enterar, te voy a hundir, no te voy a dejar en paz". El 15 de septiembre de 2003 era él quien tenía a la pequeña y como no la devolvió en el tiempo acordado, la madre fue a buscarla con su nuevo compañero sentimental. El padre de la menor arremetió contra él. Fue condenado a dos multas de 15 días con cuota diaria de 12 euros.
El hombre presentó recurso y la Audiencia ha fallado a su favor porque "la ley quiere que la policía efectúe unas mínimas diligencias de comprobación que no puede admitirse que se hayan cumplimentado y ante este cúmulo de circunstancias la nulidad de lo actuado".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 11 de mayo de 2004