Me he comprado una plaza de garaje sobre plano. Cuando la semana pasada fui a ver los remates de esta plaza, me sorprendí al ver que la habían cambiado de sitio, sin informar al comprador.
La plaza ya tenía realizada la división horizontal, así que pensé que no podrían hacer nada distinto de venderme a mí el bien. Bueno, pues lo cierto es que ayer la inmobiliaria fue al Registro de la Propiedad y, reclamando la titularidad para ella, dado que el contrato que yo tengo firmado es uno privado, las han modificado registralmente alegando que son pequeñas subsanaciones, cuando lo que en verdad se ha hecho ha sido cambiar toda la literatura y situarla en otro lugar.
¿Para que vale un contrato privado si uno no es titular del bien hasta que se eleva a público? ¿Puede un registrador articular un cambio tan sustancial en un bien sobre plano sin el consentimiento del actual propietario, aunque éste sea titular por contrato privado?
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 16 de mayo de 2004