El Juzgado de lo Contencioso 5 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar 436.210 euros a los padres de una niña de 5 años que se encuentra en estado vegetativo crónico tras ser intervenida de una sencilla operación para eliminar una membrana laríngea. La operación se produjo el 29 de julio de 1998 en el hospital Virgen Macarena de Sevilla. La niña fue operada cuando tenía ochos meses.
La niña sufrió en la UCI de Pediatría una obstrucción de la vía aérea por secreciones, una parada cardiorrespiratoria y posterior encefalopatía. La sentencia considera demostrada la existencia de "un defectuoso funcionamiento del servicio público" y un tratamiento en la operación y en el posoperatorio "no ajustado a la praxis médica y hospitalaria".
La operación para suprimir una membrana y canalizar la laringe "no presentaba mayores dificultades y, en circunstancias normales, no debía presentar problemas", dice el veredicto, pese a lo cual se produjo "un resultado desproporcionado que le produjo secuelas que deben ser indemnizadas".
Considera el juez que hay una "desproporción entre la intervención practicada para la corrección de la membrana laríngea con la posterior aspiración de secreciones y el estado vegetativo en que finalmente quedó" la pequeña, que sufre una minusvalía del 90% con tetraparesia, crisis convulsivas y retraso madurativo.
Los padres han sido indemnizados con 436.210 euros para hacer frente a la constante necesidad de ayuda en que vive la pequeña, gastos de adaptación de la vivienda y perjuicios morales. Entre otros fallos del sistema, recoge el juez que los padres no fueron informados de los riesgos de la intervención inicial ni dieron su consentimiento informado a la traqueotomía a la que la pequeña tuvo que ser sometida el 12 de agosto de 1998.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 23 de mayo de 2004