1985. La reforma educativa (LODE, del 3/7/85) dispone que los centros públicos de enseñanza se gobiernen por Consejos Escolares, en los que participen padres, profesores, personal no docente, estudiantes y representantes de la administración local. Estos Consejos Escolares son los que eligen periódicamente al director del centro. Y así ha sido durante casi 20 años.
2004. La consejería de Educación dispone un nuevo sistema emanado de la Ley de Calidad (LOCE, del 23/12/02): los directores son seleccionados por una comisión formada por cinco miembros, de los cuales, tres son nombrados por la administración autonómica. Profesores, no docentes, padres, estudiantes y administración local ven así reducida drásticamente su representación.
¿Vamos hacia delante o hacia atrás?
En estos últimos días del curso se está poniendo en práctica el nuevo método. En muchos Institutos y Colegios de la Comunidad las comisiones de selección están puntuando a decenas de profesores que optan a la dirección con notas extrañamente bajas. De resultas de esas bajas calificaciones los candidatos quedan apartados del concurso por no llegar al mínimo prefijado.
Estos profesores han trabajado organizando sus equipos de dirección, diseñando planes de actuación, elaborando y presentando proyectos... En muchos casos, concursan avalados por el apoyo recibido en los Claustros y en los Consejos Escolares. Entonces, ¿qué miembros de la comisión de selección han decidido puntuarles tan bajo para excluirles del proceso? ¿Qué calidad se persigue? ¿Se intenta desprestigiar a los candidatos? ¿Alguien ha confundido esta Comisión de Selección con una Comisión de Depuración? (Comisión Depuradora de Madrid del Ministerio de Educación Nacional, por ley del 10/2/39). A propósito, en el 39 las depuraciones tenían un criterio claro. Ahora, ¿cuál es el criterio? En Madrid, vamos hacia atrás.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 1 de julio de 2004